Disposición adicional primera. Entidad pública de protección.
Disposición adicional primera de la Ley 9/2019, de 19 de febrero, de la atención y los derechos de la infancia y la adolescencia de las Illes Balears. · BOE-A-2019-5578
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-05-28.
Texto consolidado
Se utiliza la expresión entidad pública referida a la entidad pública de protección de menores competente territorialmente.