Artículo 265. Publicidad de las sanciones.
Artículo 265 de la Ley 9/2019, de 19 de febrero, de la atención y los derechos de la infancia y la adolescencia de las Illes Balears. · BOE-A-2019-5578
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-05-28.
Texto consolidado
En el caso de infracciones graves o muy graves, el órgano competente tiene que incluir en la resolución del expediente sancionador que se publique en el Butlletí Oficial de les Illes Balears las sanciones impuestas una vez sean firmes.