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Ley Vigente

Disposición adicional segunda. Red de seguridad y emergencias de Galicia.

Disposición adicional segunda de la Ley 3/2013, de 20 de mayo, de impulso y ordenación de las infraestructuras de telecomunicaciones de Galicia. · BOE-A-2013-7476

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-07-07.

Texto consolidado

La Xunta de Galicia promoverá la creación de una red de seguridad y emergencias única y de uso obligatorio para el conjunto de los servicios de emergencia dependientes de la Administración general y del resto del sector público autonómico de Galicia que permita disponer de medios adecuados para la solución de situaciones de emergencia o catástrofe y evite los riesgos derivados de la obsolescencia tecnológica.

La citada red de seguridad y emergencias se pondrá a disposición de las demás administraciones públicas de Galicia con competencias en materia de seguridad, protección civil y emergencias, en las condiciones y términos que reglamentariamente se determinen.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-07-07.

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