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Ley Vigente

Disposición adicional segunda.

Disposición adicional segunda de la Ley 2/2001, de 7 de marzo, de Atribución de Competencias a los Consejos Insulares en Materia de Ordenación del Territorio. · BOE-A-2001-7024

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-03-16.

Texto consolidado

El Gobierno de las Illes Balears y los Consejos Insulares de Mallorca, de Menorca y de Eivissa y Formentera han de constituir una comisión paritaria encargada de instrumentar el traspaso de funciones y servicios que exige la aplicación de esta Ley.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2001-03-16.

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