El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Disposición adicional quinta. Integraciones de personal.

Disposición adicional quinta de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud. · BOE-A-2003-23101

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-12-18.

Texto consolidado

Al objeto de homogeneizar las relaciones de empleo del personal de cada uno de los centros, instituciones o servicios de salud, y con el fin de mejorar la eficacia en la gestión, las Administraciones sanitarias públicas podrán establecer procedimientos para la integración directa, con carácter voluntario, en la condición de personal estatutario, en la categoría y titulación equivalente, de quienes presten servicio en tales centros, instituciones o servicios con la condición de funcionario de carrera o en virtud de contrato laboral fijo.

Asimismo, se podrán establecer procedimientos para la integración directa del personal laboral temporal y funcionario interino en la condición de personal estatutario temporal, en la categoría, titulación y modalidad que corresponda.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2003-12-18.

Más artículos de Ley 55/2003

En El Vínculo puedes leer Ley 55/2003 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.