Disposición adicional primera. País Vasco y Navarra.
Disposición adicional primera del Real Decreto 635/2014, de 25 de julio, por el que se desarrolla la metodología de cálculo del periodo medio de pago a proveedores de las Administraciones Públicas y las condiciones y el procedimiento de retención de recursos de los regímenes de financiación, previstos en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. · BOE-A-2014-8132
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-07-31.
Texto consolidado
Para la aplicación del presente real decreto a la Comunidad Autónoma del País Vasco y a la Comunidad Foral de Navarra, las referencias contenidas en el mismo relativas a la retención en los pagos de los recursos del Sistema de Financiación, deben entenderse referidas a la retención en los pagos derivados de la aplicación de sus respectivos regímenes por lo que su periodicidad en lugar de ser mensual será la que derive de la aplicación de los mismos.
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