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Real Decreto Derogada

Disposición adicional primera. Actualización de valores unitarios.

Disposición adicional primera del Real Decreto 325/2008, de 29 de febrero, por el que se establece la retribución de la actividad de transporte de energía eléctrica para instalaciones puestas en servicio a partir del 1 de enero de 2008. · BOE-A-2008-4143

Atención: Real Decreto 325/2008 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

La Dirección General de Política Energética y Minas publicará, antes del 1 de enero de cada año, los parámetros que deberán tomarse como referencia para la actualización de los valores unitarios.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2008-03-05.

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