Disposición adicional primera. Mecanismos de colaboración con la organización colegial correspondiente, con las federaciones deportivas y con otras entidades deportivas.
Disposición adicional primera de la Ley Foral 18/2019, de 4 de abril, sobre acceso y ejercicio de las profesiones del deporte en Navarra. · BOE-A-2019-6778
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-04-12.
Texto consolidado
El Gobierno de Navarra promoverá mecanismos de colaboración con otras Administraciones Públicas, con la organización colegial correspondiente, con las federaciones deportivas navarras y con otras entidades deportivas análogas de la Comunidad Foral de Navarra para que, en el ejercicio de las profesiones del deporte objeto de la presente regulación, se fomenten prácticas deportivas saludables, seguras y de calidad.