Disposición adicional primera. Comisiones Paritarias.
Disposición adicional primera de la Ley 7/1999, de 8 de abril, de Atribución de Competencias a los Consejos Insulares de Menorca y de Eivissa i Formentera en materia de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas. · BOE-A-1999-11708
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-04-21.
Texto consolidado
Por acuerdo entre el Gobierno de las Illes Balears y el Consejo Insular correspondiente se creará una comisión paritaria cuya misión será la de hacer efectivo el traspaso que esta Ley determina.
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