Disposición adicional primera. Bolsa de excedentes de tierras.
Disposición adicional primera de la Ley 5/2003, de 20 de marzo, de Residuos de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-2003-10725
Atención: Ley 5/2003 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Con objeto de promover el uso racional de los recursos y el aprovechamiento de los excedentes de tierras generados en obras públicas o privadas, antes del 31 de diciembre de 2004, se crea la Bolsa de Excedentes de Tierras de la Comunidad de Madrid cuyo régimen jurídico se establecerá reglamentariamente.