Disposición adicional primera. Dotación inicial.
Disposición adicional primera de la Ley 3/2005, de 12 de mayo, de creación de la entidad pública aragonesa del Banco de Sangre y Tejidos. · BOE-A-2005-9403
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-06-07.
Texto consolidado
Los recursos económicos y financieros de la entidad para el año 2005 se encuentran recogidos en las dotaciones que figuran en el presupuesto del Departamento de Salud y Consumo para dicho ejercicio.