Disposición adicional primera. Transferencia de titularidad de empresas públicas.
Disposición adicional primera de la Ley 21/2006, de 15 de diciembre, de atribución de competencias a los consejos insulares de Menorca y de Ibiza y Formentera en materia de juventud y ocio. · BOE-A-2007-1894
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-12-24.
Texto consolidado
Se transfiere a los consejos de Menorca y de Ibiza y Formentera la titularidad jurídica de las siguientes empresas públicas, con todos sus recursos humanos, económicos y materiales, así como los derechos y las obligaciones correspondientes:
a) Al Consejo de Menorca, el Instituto de la Juventud de Menorca, creado por el Decreto 35/2006, de 31 de marzo.
b) Al Consejo de Ibiza y Formentera, el Instituto de la Juventud de Ibiza y Formentera, creado por el Decreto 34/2006, de 31 de marzo.
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