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Ley Derogada

Disposición adicional primera.

Disposición adicional primera de la Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección de los Animales Domésticos. · BOE-A-1990-5372

Atención: Ley 1/1990 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

La Comunidad de Madrid deberá programar campañas divulgadoras del contenido de la presente Ley entre los escolares y habitantes de la misma, así como tomar medidas que contribuyan a fomentar en el respeto a los animales y a difundir y promover éste en la Sociedad, en colaboración con las asociaciones de protección y defensa de los animales.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1990-02-15.

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