DISPOSICIÓN ADICIONAL
DISPOSICIÓN ADICIONAL de la Orden de 20 de agosto de 1985 por la que se desarrolla el artículo 32 del Real Decreto 505/1985, de 6 de marzo, sobre conclusión de acuerdos de devolución de las cantidades satisfechas por el Fondo de Garantía Salarial. · BOE-A-1985-18489
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1985-08-29.
Texto consolidado
En el plazo de treinta días, contados desde la entrada en vigor de la presente Orden, la Secretaría General del Fondo de Garantía Salarial redactará y remitirá a las unidades administrativas periféricas modelos de acuerdo comprensivos de sus cláusulas básicas, a los que, con las obligadas adaptaciones, se sujetarán los que en el futuro puedan suscribirse.
Más artículos de BOE-A-1985-18489
- ← Artículo 11. Seguimiento del cumplimiento de las previsiones básicas del acuerdo.
- → DISPOSICIÓN TRANSITORIA
- Ver la norma completa: Orden de 20 de agosto de 1985 por la que se desarrolla el artículo 32 del Real Decreto 505/1985, de 6 de marzo, sobre conclusión de acuerdos de devolución de las cantidades satisfechas por el Fondo de Garantía Salarial.