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Real Decreto Derogada

Disposición adicional octava. Prácticas en los buques de la Armada.

Disposición adicional octava del Real Decreto 973/2009, de 12 de junio, por el que se regulan las titulaciones profesionales de la marina mercante. · BOE-A-2009-10900

Atención: Real Decreto 973/2009 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Mediante orden conjunta de los Ministros de Defensa y de Fomento se podrán establecer las condiciones en las que, con sujeción a lo previsto en este real decreto, podrán realizarse en buques de la Armada las prácticas reguladas en el artículo 25 para la obtención de los títulos regulados en el capítulo II.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2009-10-02.

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