Disposición adicional.
Disposición adicional de la Ley Foral 18/1986, de 15 de diciembre, del vascuence. · BOE-A-1987-1257
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1986-12-18.
Texto consolidado
El Gobierno de Navarra, a través del Servicio de Cultura, Institución Príncipe de Viana, llevará a cabo las actuaciones precisas para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 1.3, de esta Ley Foral.