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Ley Derogada

Disposición adicional decimotercera. Junta de Finanzas de la Generalidad.

Disposición adicional decimotercera de la Ley 7/2007, de 17 de julio, de la Agencia Tributaria de Cataluña. · BOE-A-2007-15212

Atención: Ley 7/2007 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

El Gobierno debe dotar a la Junta de Finanzas de la Generalidad de los medios humanos y materiales necesarios para garantizar su funcionamiento adecuado, a efectos de lo dispuesto por el artículo 5, para lograr la máxima eficacia y agilidad en la resolución de las reclamaciones económico-administrativas que le corresponden.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-07-24.

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