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Real Decreto Vigente

Disposición adicional décima. Presencia de recursos preventivos en las obras de construcción.

Disposición adicional décima del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención. · BOE-A-1997-1853

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-06-29.

Texto consolidado

En el ámbito de aplicación del Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, la presencia en el centro de trabajo de los recursos preventivos de cada contratista prevista en la disposición adicional decimocuarta de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales se aplicará en los términos establecidos en la disposición adicional única del citado Real Decreto 1627/1997.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-06-29.

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