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Real Decreto Derogada 2 redacciones

Disposición adicional cuarta. Procedimientos de cambio de modalidad de contrato en alta tensión.

Disposición adicional cuarta del Real Decreto 1435/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las condiciones básicas de los contratos de adquisición de energía y de acceso a las redes en baja tensión. · BOE-A-2002-25422

Atención: Real Decreto 1435/2002 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

La Dirección General de Política Energética y Minas, a propuesta de la Comisión Nacional de Energía desarrollará los procedimientos de paso de contrato a tarifa de suministro a contrato de tarifa de acceso, cambio de comercializador, así como cualquier otro procedimiento que afecte a los procesos de gestión y administración de los contratos de adquisición de energía y acceso a redes en alta tensión relativos a las relaciones entre los consumidores, distribuidores y comercializadores.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2005-12-24.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Real Decreto 1454/2005, de 2 de diciembre, por el que se modifican determinadas disposiciones relativas al sector eléctrico..

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