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Ley Vigente

Disposición adicional cuarta. Gratuidad del boletín oficial.

Disposición adicional cuarta de la Ley 8/1995, de 30 de marzo, de atribución de competencias a los consejos insulares en materia de actividades clasificadas y parques acuáticos, reguladora del procedimiento y de las infracciones y sanciones. · BOE-A-1995-11842

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-01-01.

Texto consolidado

Será gratuita la publicación, en el «Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares», de los anuncios, acuerdos y demás documentos exigidos por el ordenamiento jurídico, como consecuencia del ejercicio por los consejos insulares de las competencias atribuidas por la presente ley.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1996-01-01.

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