Disposición adicional quinta. Actualización de la cuantía de las sanciones.
Disposición adicional quinta de la Ley 8/1995, de 30 de marzo, de atribución de competencias a los consejos insulares en materia de actividades clasificadas y parques acuáticos, reguladora del procedimiento y de las infracciones y sanciones. · BOE-A-1995-11842
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-01-01.
Texto consolidado
Se faculta al Gobierno de la Comunidad Autónoma para que, mediante decreto, actualice periódicamente la cuantía de las sanciones económicas contenidas en la presente ley. El aumento nunca podrá ser superior a la tasa de variación interanual que experimente el índice de precios al consumo.
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