Disposición adicional cuarta. Régimen normativo supletorio.
Disposición adicional cuarta de la Ley 1/2012, de 2 de febrero, de la Autoridad Vasca de la Competencia. · BOE-A-2012-2313
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-02-10.
Texto consolidado
En todo lo que no establezca la presente ley, será de aplicación lo dispuesto por la normativa reguladora de los organismos autónomos administrativos.