Disposición adicional tercera. Nombramiento de los representantes de la Comunidad Autónoma de Euskadi en la Junta Consultiva en materia de conflictos.
Disposición adicional tercera de la Ley 1/2012, de 2 de febrero, de la Autoridad Vasca de la Competencia. · BOE-A-2012-2313
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-02-10.
Texto consolidado
El consejero o consejera competente en materia de política económica y defensa de la competencia nombrará, a iniciativa del Consejo Vasco de la Competencia, a los representantes de la Comunidad Autónoma de Euskadi en la Junta Consultiva en materia de conflictos creada por la Ley 1/2002, de 21 de febrero, de coordinación de las competencias del Estado y las Comunidades Autónomas en materia de Defensa de la Competencia.