Disposición adicional cuarta. Grafía normativa de los nombres y apellidos catalanes.
Disposición adicional cuarta de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de Política Lingüística. · BOE-A-1998-2989
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-01-29.
Texto consolidado
La sustitución de los nombres y de las grafías normativamente incorrectas por las correctas de los apellidos, establecida en el artículo 19, se rige por el procedimiento fijado en el artículo 2 de la Ley del Estado 17/1977, de 4 de enero, sobre reforma del artículo 54 de la Ley del Registro Civil, o la normativa equivalente que la sustituya.