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Ley Vigente

Artículo veintisiete. Utilidad publica.

Artículo veintisiete de la Ley 4/1964, de 29 de abril, sobre concesión de teleféricos. · BOE-A-1964-7523

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1964-05-24.

Texto consolidado

La presente Ley no ampara ninguna declaración de utilidad pública, a efectos de expropiación forzosa u ocupación del dominio público en favor de los teleféricos de servicio particular. La utilidad pública que en los mismos pudiera existir, leva la de la actividad principal a que sirvan, y, en consecuencia, su declaración se ajustará a la legislación que fuere aplicable.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1964-05-24.

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