Artículo veintinueve. Sujetos causantes.
Artículo veintinueve del Decreto 3158/1966, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General que determina la cuantía de las prestaciones económicas del Régimen General de la Seguridad Social y condiciones para el derecho a las mismas. · BOE-A-1966-21116
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1967-01-01.
Texto consolidado
Uno. Podrán causar derecho a las prestaciones que se enumeran en el artículo ciento cincuenta y siete de la Ley de la Seguridad Social, los trabajadores que se encuentren en alguna de las situaciones previstas en el artículo ciento cincuenta y ocho de la misma.
Dos. Se considerarán situaciones asimiladas a la de alta, a efectos de causar las indicadas prestaciones, además de las que se determinan en el número dos del artículo veintiocho de este Reglamento, la de permanencia en filas para el cumplimiento del servicio militar, bien con carácter obligatorio o voluntario para anticiparlo.
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