Artículo tercero.
Artículo tercero de la Ley 60/1962, de 24 de diciembre, por la que se regulan los auxilios, salvamentos, remolques, hallazgos y extracciones marítimos · BOE-A-1962-24365
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1963-06-27.
Texto consolidado
No tendrán derecho a percibir remuneración alguna las personas que hayan tomado parte en las operaciones de socorro, a pesar de la prohibición expresa y razonable de los buques o aeronaves socorridos.