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Ley Vigente

Artículo 99. Tipo de gravamen en Operaciones Societarias.

Artículo 99 de la Ley 37/1988, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1989. · BOE-A-1988-29563

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1989-01-01.

Texto consolidado

A partir de 1 de enero de 1989 el artículo 26 del texto refundido del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, aprobado por Real Decreto legislativo 3050/1980, de 30 de diciembre, quedará redactado como sigue:

«Artículo 26.

La cuota tributaria se obtendrá aplicando a la base liquidable el tipo de gravamen del 1 por 100.»

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1989-01-01.

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