Artículo 98. Instrumentos de planificación.
Artículo 98 de la Ley 3/2026, de 13 de marzo, de Montes de Andalucía. · BOE-A-2026-7559
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-04-09.
Texto consolidado
Los instrumentos de planificación en materia de prevención de incendios forestales son:
a) A escala regional, los planes anuales para la prevención, vigilancia y extinción de incendios forestales.
b) A escala comarcal, los planes que reglamentariamente se establezcan.
c) A escala de monte o grupo de montes, los instrumentos de ordenación forestal y los planes de prevención de incendios forestales.