Artículo 93.
Artículo 93 del Decreto legislativo 1/2000, de 31 de julio, por el que se aprueba el Texto único de la Ley del deporte. · DOGC-f-2000-90007
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2000-08-08.
Texto consolidado
La competencia atribuida a la jurisdicción disciplinaria deportiva, a efectos de este título, y cuando se trate de actividades de las asociaciones y clubes deportivos y de las federaciones deportivas catalanas o de competiciones comprendidas dentro del ámbito de actuación de las federaciones deportivas catalanas, se extiende a conocer las infracciones de las reglas del encuentro, prueba o competición y de la conducta deportiva, tipificadas con carácter general por este título y las disposiciones estatutarias o reglamentarias específicas de cada federación catalana.