Artículo 92. De la resolución del expediente sancionador.
Artículo 92 de la Ley 5/1997, de 25 de junio, por la que se regula el Sistema de Servicios Sociales en el ámbito de la Comunidad Valenciana. · BOE-A-1997-18195
Atención: Ley 5/1997 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La resolución del expediente sancionador, así como la imposición de sanciones, en su caso, corresponderá a la persona titular de la Dirección General competente.