Artículo 9. Incompatibilidades.
Artículo 9 del Real Decreto 1417/2005, de 25 de noviembre, por el que se regula la utilización, instalación y comprobación del funcionamiento de dispositivos de limitación de velocidad en determinadas categorías de vehículos. · BOE-A-2005-19990
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-12-23.
Texto consolidado
Sin perjuicio del régimen de incompatibilidades que pueda establecer la Administración competente, los socios o directivos de las entidades y talleres a que hace referencia el artículo anterior y su personal no podrán tener participación en actividades de transporte por carretera.
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