Artículo 9. Principios básicos.
Artículo 9 de la Orden APA/367/2024, de 19 de abril, por la que se reconoce al Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida "Pimentón de Murcia" la condición de Corporación de Derecho Público de ámbito territorial supraautonómico y se aprueban sus estatutos. · BOE-A-2024-8262
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-04-25.
Texto consolidado
1. La constitución, estructura y funcionamiento del Consejo Regulador y la propia DOP «Pimentón de Murcia» se regirán por principios democráticos y de representatividad paritaria de los diferentes intereses económicos y sectoriales presentes en la misma.
2. Asimismo, el Consejo Regulador se inspirará como principio básico de funcionamiento en el de gestión sin ánimo de lucro.
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