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Ley Foral Derogada

Artículo 9. Autorizaciones ambientales de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

Artículo 9 de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de intervención para la protección ambiental. · BOE-A-2005-7356

Atención: Ley Foral 4/2005 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Las autorizaciones ambientales reguladas en la presente Ley Foral, cuyo otorgamiento es competencia de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra son:

a) La autorización ambiental integrada.

b) La autorización de afecciones ambientales.

c) La autorización de apertura.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2005-07-01.

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