Artículo 10. Actividades o instalaciones sometidas.
Artículo 10 de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de intervención para la protección ambiental. · BOE-A-2005-7356
Atención: Ley Foral 4/2005 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Se someten al régimen de autorización ambiental integrada la implantación, explotación, traslado y modificación sustancial de las actividades o instalaciones de titularidad pública o privada, que se recogen en los Anejos 2.A y 2.B, excluidas aquéllas que estén destinadas a investigación y desarrollo de nuevos productos o procesos.