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Ley Vigente

Artículo 9. Consejo Rector.

Artículo 9 de la Ley 2/1998, de 12 de mayo, Valenciana de la Música. · BOE-A-1998-13361

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-05-15.

Texto consolidado

1. Al Consejo Rector le corresponden, con carácter general, las facultades de dirección, control y supervisión del Instituto.

2. El Consejo Rector estará formado por la Presidencia del Instituto, la Vicepresidencia, los Vocales y el Secretario.

3. La Vicepresidencia será nombrada por el Consejero de Cultura, Educación y Ciencia de la Generalidad Valenciana.

4. Serán Vocales natos:

El Director general de Centros Docentes.

El Director general de Promoción Cultural, Museos y Bellas Artes.

El Secretario general de la Consejería de Cultura, Educación y Ciencia.

El Director Gerente del Instituto Valenciano de la Música.

5. Serán Vocales designados:

Un representante de la Consejería de Economía, Hacienda y Administración Pública de la Generalidad, designado por su titular.

Un representante designado por el Consejo Valenciano de Cultura.

Hasta ocho miembros designados entre personas de reconocido prestigio en el ámbito de la música y la cultura. De ellos, dos serán propuestos por la Federación de Sociedades Musicales de la Comunidad Valenciana y tres propuestos por otras instituciones, entidades o asociaciones musicales y culturales de la Comunidad Valenciana, sin que ello suponga que ostentan la representación de las mismas.

Tres representantes designados por la Federación Valenciana de Municipios y Provincias.

El Consejero de Cultura, Educación y Ciencia nombrará por un período de cuatro años a estos Vocales, a los que podrá destituir también libremente. En caso de vacantes, éstas se cubrirán siguiendo los mismos mecanismos que establece el presente artículo para su designación.

6. El Secretario será designado por el Consejo Rector a propuesta de la Presidencia de entre los Vocales.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1998-05-15.

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