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Decreto Legislativo Vigente 2 redacciones

Artículo 85. Financiación.

Artículo 85 del Decreto Legislativo 1/2005, de 21 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León. · BOCL-h-2005-90023

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-09-03.

Texto consolidado

De acuerdo con lo dispuesto en la normativa básica, las Cajas de Ahorros con domicilio social en Castilla y León, para la ampliación de sus recursos propios podrán obtener financiación mediante la emisión de cuotas participativas, de deuda subordinada y de cualquier otros instrumento autorizado por el Banco de España.

Dichas emisiones y sus modificaciones serán comunicadas a la Consejería competente en materia de Cajas de Ahorros.

Se modifica por el art. único.36 del Decreto-ley 2/2010, de 2 de septiembre. Ref. BOCL-h-2010-90058

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-09-03.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2010-90058.

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