Artículo 82. Alcance de la acreditación.
Artículo 82 de la Orden PRE/2740/2007, de 19 de septiembre, por la que se aprueba el Reglamento de Evaluación y Certificación de la Seguridad de las Tecnologías de la Información. · BOE-A-2007-16830
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-09-26.
Texto consolidado
La acreditación se cualifica mediante el alcance, que limitará el reconocimiento de las actuaciones del laboratorio con relación al nivel de calificación de seguridad y con relación a las normas y niveles de evaluación.
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