El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 82. Planes económico-financieros.

Artículo 82 de la Ley 14/2014, de 29 de diciembre, de finanzas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. · BOE-A-2015-6017

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-01-01.

Texto consolidado

1. En caso de incumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria, del objetivo de deuda pública o de la regla de gasto, la Administración de la comunidad autónoma formulará un plan económico-financiero que permita conseguir estos objetivos o la regla de gasto, con el contenido y el alcance que establece la normativa básica estatal.

2. La aprobación de estos planes corresponderá al Consejo de Gobierno, a propuesta del consejero competente en materia de hacienda y presupuestos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2017-01-01.

Más artículos de Ley 14/2014

En El Vínculo puedes leer Ley 14/2014 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.