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Real Decreto Vigente

Artículo 8. Requisitos generales para la obtención y acceso al diploma de área de capacitación específica.

Artículo 8 del Real Decreto 589/2022, de 19 de julio, por el que se regulan la formación transversal de las especialidades en Ciencias de la Salud, el procedimiento y criterios para la propuesta de un nuevo título de especialista en Ciencias de la Salud o diploma de área de capacitación específica, y la revisión de los establecidos, y el acceso y la formación de las áreas de capacitación específica; y se establecen las normas aplicables a las pruebas anuales de acceso a plazas de formación en especialidades en Ciencias de la Salud. · BOE-A-2022-12015

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-07-21.

Texto consolidado

Para obtener el diploma de área de capacitación específica será necesario cumplir los siguientes requisitos:

1. Encontrarse en posesión del título de especialista en alguna de las especialidades en Ciencias de la Salud en cuyo ámbito se constituya el área de capacitación específica y acreditar un mínimo de dos años de ejercicio profesional efectivo en la especialidad. La duración de dicho periodo de ejercicio profesional podrá modificarse con sujeción al procedimiento que se determina en el artículo 25.3 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre.

2. Acceder a la formación en las áreas de capacitación específica a través de las convocatorias que se regulan en el artículo 12.

3. Haber cumplido los objetivos y haber adquirido las competencias previstas en el programa formativo de área de capacitación específica, habiendo sido evaluado positivamente en los términos previstos en el artículo 13.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-07-21.

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