El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Artículo 8. Prototipo racial.

Artículo 8 del Real Decreto 558/2001, de 25 de mayo, por el que se regula el reconocimiento oficial de las organizaciones o asociaciones de criadores de perros de raza pura. · BOE-A-2001-11347

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-01-13.

Texto consolidado

Tratándose de razas caninas españolas, la organización o asociación solicitante deberá ajustarse al prototipo racial, único para todo el territorio nacional, y a la estructura y división del Libro genealógico regulados, tanto aquél como éstos, por la comunidad autónoma competente en cada caso, según se establece en el artículo 3.

Tratándose de otras razas, el prototipo racial será el que corresponda de acuerdo con los criterios internacionales en la materia.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-01-13.

Más artículos de Real Decreto 558/2001

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 558/2001 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.