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Real Decreto Vigente

Artículo 8. Régimen registral único.

Artículo 8 del Real Decreto 1029/2025, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de matriculación de aeronaves civiles y por el que se modifica el Real Decreto 765/2022, de 20 de septiembre, por el que se regula el uso de aeronaves motorizadas ultraligeras (ULM). · BOE-A-2025-22950

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-05-13.

Texto consolidado

En el Registro existirá un único régimen registral que será común para todas las aeronaves.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2026-05-13.

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