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Ley Vigente

Artículo 79. Colaboración de las administraciones públicas.

Artículo 79 de la Ley 2/2023, de 30 de marzo, de la actividad física y del deporte del País Vasco. · BOE-A-2023-10639

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-04-19.

Texto consolidado

1. Las administraciones públicas, en el ámbito de sus competencias, colaborarán con las universidades en aquellos programas dirigidos a la promoción de la actividad física y del deporte en el ámbito universitario.

2. El departamento de la Administración general de la Comunidad Autónoma competente en materia deportiva deberá colaborar especialmente en los programas interuniversitarios.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-04-19.

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