Artículo 78. Acreditación.
Artículo 78 de la Orden PRE/2740/2007, de 19 de septiembre, por la que se aprueba el Reglamento de Evaluación y Certificación de la Seguridad de las Tecnologías de la Información. · BOE-A-2007-16830
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-09-26.
Texto consolidado
El Organismo de Certificación acreditará a los laboratorios solicitantes siguiendo el procedimiento establecido en la Sección 4.ª de este Capítulo y en base al cumplimiento de los requisitos establecidos en el Capítulo III.