Artículo 76. Propuesta de adopción.
Artículo 76 de la Ley 1/1997, de 7 de febrero, de Atención Integral a los Menores. · BOE-A-1997-5498
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1997-02-18.
Texto consolidado
El órgano competente de la Administración autonómica elevará a la autoridad judicial competente la propuesta de adopción de un menor concreto con los interesados seleccionados, así como los informes de idoneidad de los adoptantes, en los términos previstos en el Código Civil y en la Ley de Enjuiciamiento Civil.