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Decreto Legislativo Vigente

Artículo 74. Procedimiento sancionador simplificado.

Artículo 74 del Decreto Legislativo 3/2013, de 3 de diciembre, del Gobierno de Aragón por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de regulación y fomento de la actividad industrial de Aragón. · BOA-d-2013-90259

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-12-14.

Texto consolidado

Cuando la comisión de una infracción de carácter leve presente carácter evidente o haya quedado acreditada en un procedimiento anterior o durante la práctica de la inspección u otras diligencias previas, se podrá optar por el procedimiento simplificado, que constará de acuerdo de iniciación, audiencia del interesado, propuesta de resolución y resolución. No obstante, como resultado de lo alegado en el trámite de audiencia, se podrá optar por pasar a instruir y resolver el asunto conforme al procedimiento ordinario, notificándolo así a los interesados.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-12-14.

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