Artículo 73. Régimen transitorio aplicable a los tipos impositivos del Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero.
Artículo 73 de la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016. · BOE-A-2015-11644
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-01-01.
Texto consolidado
Con efectos desde el 1 de enero de 2016 y vigencia indefinida, se modifica el apartado dieciocho del artículo 5 de la Ley 16/2013, de 29 de octubre, por la que se establecen determinadas medidas en materia de fiscalidad medioambiental y se adoptan otras medidas tributarias y financieras, que queda redactado de la siguiente forma:
«Dieciocho. Régimen Transitorio.
Para los ejercicios 2014, 2015 y 2016, los tipos impositivos que se aplicarán al Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero serán los resultantes de multiplicar los tipos regulados en el apartado once del artículo 5 por los coeficientes 0,33 para el ejercicio 2014 y 0,66 para los ejercicios 2015 y 2016.»