Artículo 73. Comprobación de datos relativos a la actividad de los sujetos pasivos.
Artículo 73 de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017. · BOE-A-2017-7387
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-06-29.
Texto consolidado
El Administrador de Infraestructuras Ferroviarias podrá exigir a los sujetos pasivos de los cánones ferroviarios la presentación de la documentación necesaria para la práctica de las liquidaciones de los cánones aquí establecidas, guardando en todo caso la adecuada confidencialidad respecto de la información conocida mediante este procedimiento.