Artículo 71. Ampliaciones y acumulaciones.
Artículo 71 del Real Decreto 1373/2003, de 7 de noviembre, por el que se aprueba el arancel de derechos de los procuradores de los tribunales. · BOE-A-2003-21104
Atención: Real Decreto 1373/2003 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Por la solicitud de acumulación y ampliación de expedientes se devengará la cantidad de 54,24 euros.