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Ley Vigente

Artículo 71. Sensibilización e información.

Artículo 71 de la Ley 4/2021, de 27 de julio, de Infancia y Adolescencia de Andalucía. · BOE-A-2021-13605

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-08-30.

Texto consolidado

1. Las administraciones públicas de Andalucía, directamente o en colaboración con la iniciativa social, llevarán a cabo acciones de sensibilización dirigidas a toda la población, que promuevan la dignidad y bienestar de la infancia y adolescencia y los valores de respeto, convivencia y la no violencia.

2. Las administraciones públicas de Andalucía facilitarán la información a la ciudadanía en materia de infancia y adolescencia a través de distintos medios y soportes técnicos.

3. La Administración de la Junta de Andalucía dispondrá de líneas de atención telefónica y de cualquier otro medio técnico que permitan la colaboración ciudadana en la comunicación sobre posibles situaciones de violencia y, específicamente, aquellas dirigidas a la comunicación, atención y orientación a las niñas, niños y adolescentes.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-08-30.

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